Funciones del Sargento de Armas

El Sargento de Armas es un funcionario nominado por el Presidente del Senado y ratificado en votación por los miembros del Senado. Tiene como responsabilidad principal mantener la seguridad y el orden en los predios, estructuras y facilidades del Senado.

En el ejercicio de esta función y mediante autorización u orden del Cuerpo o del Presidente, podrá efectuar los arrestos que se disponen en este Reglamento, así como solicitar la intervención de la Policía de Puerto Rico o de cualquier otra entidad dedicada a la prestación de servicios de seguridad y vigilancia.

Dará cumplimiento a las disposiciones de la Regla 26 de este Reglamento, relativa al acceso a la Sala de Sesiones, galerías y pasillos del Senado. Asistirá a todas las sesiones del Senado.

Estará a cargo de la asignación de los salones de audiencias para la celebración de las vistas públicas de las Comisiones del Senado.

 

 

 

 

 

 

EL CAPITOLIO

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