(San Juan, PR)- El portavoz de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado, Luis Javier Hernández Ortiz, junto a la senadora Ada Álvarez Conde, convocaron hoy a conferencia de prensa para presentar tres (3) iniciativas a favor de los asistentes de servicios (denominados T1 y T2). Por definición, los T1son técnicos de servicios y T2 son los contratados por servicios profesionales. 

“La semana pasada los convocamos a este mismo salón para discutir con ustedes unos hallazgos relacionados con los T1 y T2 en el Departamento de Educación. En aquella ocasión denunciamos que el 29% de los estudiantes esperaban por un asistente de servicios, y que 66.7% de estos trabajadores brinda servicios por contrato de servicios profesionales”, señaló.

Además, se expuso la pasada semana que solo un 33.3% brinda servicios por nombramiento con permanencia. Del lunes pasado para acá, hemos recibido en nuestra oficina correos electrónicos y llamadas de asistentes de servicios que nos han manifestado que además de no otorgarle beneficios marginales a estos trabajadores, a pesar de los años que muchos de ellos vienen prestando servicios al Departamento de Educación, ahora se les exigen otros asuntos que son altamente onerosos para estos servidores.

El equipo de trabajo de la delegación popular se reunió con varios trabajadores T1 y T2, donde ellos señalaron que actualmente, los asistentes de servicios que brindan servicios profesionales se ven obligados a registrarse en el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales de la ASG, y de otro lado se les retiene el 1.5% de la aportación especial que la Ley 48-2013 impone a los contratos de servicios profesionales y consultivos, sin contar la certificación anual que se les exige en virtud de la Ley 300, que tiene un costo anual de $70.00.

“Hoy presentamos tres (3) piezas legislativas para atender lo anterior”, expuso Hernández Ortiz para dar paso a la senadora Álvarez Conde.

“La primera pieza legislativa tiene como propósito eximir a estos asistentes de servicios del costo de la certificación de la Ley 300. Actualmente, a los asistentes de educación especial T1 y T2 se les exige (para poder desempeñarse en el cargo), que cumplan con una certificación que provee el Sistema Integrado de Credenciales e Historial Delictivo (SICHDe) que está adscrito al Departamento de Salud. Esto es lo que en la práctica se conoce como la ‘Certificación de la Ley 300’ y la cual es un requisito para toda persona vinculada a la provisión de servicios a niños, personas de edad avanzada y personas con impedimentos.  Esta primera pieza legislativa tiene el propósito de eximir a estos asistentes del pago por la obtención de dicha certificación. No se trata de eximir a estos de la obtención de la certificación, sino del costo que asciende a $70.00. Siendo tan esencial su trabajo de apoyo en la impartición de la educación, damos un paso adelante para comenzar a mejorar las condiciones de estos trabajadores. Los asistentes de servicios T1 y T2 del Departamento de Educación tienen ingresos limitados. 

Actualmente la tarifa por hora para estos no supera los once dólares ($11.00), por lo que requerir dicha certificación anualmente resulta oneroso. De hecho, así lo reconoció el Departamento de Educación en una comparecencia ante el Senado de Puerto Rico como parte de una investigación legislativa a la Ley 300”, señaló la también senadora por acumulación.

Álvarez Conde añadió que ha trascendido que la Administración de Servicios Generales (ASG) exige que los asistentes de educación, asistentes de servicios T1 y T2, incluyendo a los asistentes de remedio provisional, se registren en el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales parapoder proveer servicios al Departamento de Educación. “Lo anterior coloca a estos trabajadores, en la posición de tener que recurrir a un pago de cien dólares ($100.00) para poder completar el registro exigido por la ASG. El Registro Único de Proveedores (RUP) es un registro gubernamental dirigido a personas o entidades que interesan contratar con el Gobierno como proveedores de bienes o servicios. Las funciones de un T1 y un T2 no pueden clasificarse automáticamente como un servicio profesional. Por ejemplo, cuando estamos ante un Remedio Provisional, la contratación es privada, aunque el pago lo asume el Estado, en virtud de los acuerdos del pleito de clase Rosa Lydia Vélez”.

El propósito del Remedio Provisional es que se garanticen servicios a estudiantes del Programa de Educación Especial cuando el Departamento de Educación no logra hacer disponible el servicio que le corresponde proveer. “Repetimos: la función de un T1 no puede clasificarse como un servicio profesional. En la mayoría de los casos el requisito básico exigible a estos es un cuarto año de escuela superior, sin requerirse un grado universitario, licencia profesional o preparación técnica o especializada, según se define en la Ley 73-2019. Ante ello, esta segunda pieza legislativa busca eximir a estos de la inscripción en dicho Registro”, aseguró Álvarez Conde.

El senador Hernández Ortiz reveló a la prensa que fue alertado por los propios asistentes de servicios que se les está incluyendo una disposición en sus cláusulas contractuales y aplicando la aportación especial por servicios profesionales y consultivos que dispone la Ley 48-2013. “La semana pasada les dijimos a ustedes que para el año escolar 2026-2027, el Departamento de Educación cuenta con 6,588 asistentes de servicios, de los cuales 2,191 ocupan puestos permanentes y 4,397 prestan servicios mediante contrato. Imagínense a ustedes esos 4,397 trabajadores que apenas devengan un salario de $11.00 por hora, sin beneficios marginales, ahora también siendo objetos de una retención de 1.5% de sus contratos. Eso nos parece otra carga onerosa adicional para estos trabajadores. Ante ello, esta tercera medida expresamente enmienda dicho estatuto para eximirlos de esa aportación”

Para ambos senadores del PPD, el resultado de estas medidas legislativas (de ser consideradas y aprobadas) tendrá un impacto positivo en miles de asistentes de servicios T1 Y T2. “Durante el proceso de evaluación del presupuesto del Departamento de Educación aquí consideramos cómo dicha agencia tiene partidas cuantiosas que supera los $4,600 millones  entre el dinero que recibe del fondo general y otras partidas como ingresos propios. Nos parece que, dicho eso y considerando esos números, no hay razón para imponerle estas cargas a estos servidores públicos que rinden un servicio de primera para nuestros niños y niñas”, expuso Álvarez Conde.

Para el portavoz Hernández Ortiz, estas tres piezas legislativas tendrán su primera lectura en el día de hoy lunes, y serán referidas a la Comisión correspondiente. “Esperamos que tan pronto sean allí asignadas se les de el trámite de rigor. Anticipando cualquier planteamiento sobre impacto fiscal que puedan tener estas medidas (que realmente es muy poco) si consideramos el presupuesto millonario que tiene el Departamento de Educación (DE). Ya hemos solicitado una reunión con la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) para pedir que para el próximo presupuesto sean considerado una partida recurrente para contrato de los T1 y sus permanencias, para así acabar con la contratación privada de los servicios y la inestabilidad que esto conlleva. Del mismo modo, estas tres piezas legislativas no serán lo único que presentamos en favor de estos trabajadores. En la medida en que continuemos estudiando distintas alternativas y opciones, así las estaremos anunciando oportunamente”, finalizó el senador.