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Comisión de Juventud, Recreación y Deportes

Permanente

La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes tendrá jurisdicción en todo asunto que vaya dirigido a promover los derechos y beneficios de los jóvenes puertorriqueños, así como, de todo asunto relacionado con la Recreación y el Deporte en Puerto Rico. En ese contexto, deberá realizar un análisis detallado de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como, "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico" y de toda legislación que impacte el deporte puertorriqueño.

Deberá analizar la política pública con relación a la recreación y el deporte en Puerto Rico para proponer los cambios necesarios que vayan dirigidos a la protección de los atletas y al desarrollo pleno de estos. Fomentará el deporte como un aspecto esencial para una vida saludable y promoverá el desarrollo comunitario a través del deporte y la recreación en Puerto Rico, a la vez que propicie la activa y consecuente participación de los atletas en eventos locales, nacionales e internacionales.

Atenderá los programas de educación física en los planteles públicos y el desarrollo de atletas de alto rendimiento. Estudiará las medidas y programas de planificación y construcción de instalaciones deportivas o de recreación y velará por la óptima conservación de las mismas.

Por último, será responsable en todo asunto relacionado con la política pública establecida para el desarrollo y bienestar de la juventud. Realizará un estudio de todos los programas de servicio a la juventud que existen actualmente en las agencias del Gobierno de Puerto Rico. Además, velará por toda legislación relacionada al sector demográfico de la juventud en Puerto Rico, programas, servicios y facilidades.