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Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales

Permanente

La Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico tendrá jurisdicción en todo asunto relacionado a Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como, "Ley Orgánica del Departamento de Recurso Naturales y Ambientales" y de la Ley Núm. 10 de 18 de Junio de 1970, según enmendada, conocida como, "Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico" y de toda legislación o reglamentación relacionada a esos temas.

Asimismo, será responsable de atender todo lo relacionado con la promoción y el desarrollo del turismo interno y externo, así como de todo aquello que propenda al desarrollo del turismo en Puerto Rico. Esto incluye investigar y realizar los estudios necesarios que permitan una política pública robusta en este sector económico tan importante para Puerto Rico.

Por otra parte, será la encargada de estudiar y analizar todo lo relacionado a nuestros recursos naturales, tales como la erosión costera, la preservación y la utilización de terrenos, el control de inundaciones, la preservación y uso de las reservas de agua, de mangle, de bosques, la pesca, la vida silvestre, los yacimientos mineros y la conservación de las especies animales y vegetales de valor alimenticio o ecológico. Atenderá las medidas para declarar reservas naturales o modificar las existentes

Será responsable de los estudios, investigaciones y recomendaciones de la política pública en todo lo relacionado con la contaminación y la salud ambiental, disposición de desperdicios sólidos y vertederos. A tales fines, realizará estudios e investigaciones y recomendará la política pública al respecto. Formulará la política pública por vía de legislación sobre la salud y la calidad ambiental, incluyendo, entre otros, el saneamiento de los terrenos, del agua y del aire para asegurar la óptima calidad de vida, el control de las emisiones de aire las descargas en el agua, sobre otros terrenos, el manejo de desperdicios, el control y la degradación de los desperdicios tóxicos para que no sean dañinos a la vida animal y vegetal.